¿Qué pasa con quienes superaron parámetros en el período de gracia?
A partir del próximo 1 de marzo vuelven las exclusiones del Monotributo al finalizar el período de gracia establecido por el fisco nacional.
la AFIP estableció la suspensión, hasta el 29 de febrero de 2020, del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General N 4.309..
Para que sea completamente positiva la medida de alivio planteada, desde el Blog del Contador, señalan que se debería disponer una especie de tapón que no permita a la AFIP excluir a los pequeños contribuyentes excedidos en dicho lapso de tiempo.
“Entendemos que más allá de los efectos suspensivos de la medida por el lapso de cinco meses que reglamentó el fisco, luego del 29 de febrero próximo, la AFIP seguirá facultada a excluir de pleno derecho a los monotributistas excedidos aún cuando dicha exclusión cayera dentro del período que abarca la medida, es decir entre el 2 de octubre y el 29 de febrero”, señala el consultor tributario Marcos Felice.
“Esperamos entonces que la AFIP emita una resolución que determine el tapón a las exclusiones por el período octubre-2019 a febrero-2020 y a su vez se presente algún proyecto de ley para eliminar las exclusiones retroactivas de más de seis meses y permitir el reingreso a quienes hayan sufrido las mismas como así también para disponer la quita de los intereses y multas por las deudas del régimen general que son consecuencia de las exclusiones retroactivas”, concluyen desde el Blog del Contador.
Fuente: iprofesional